La asociación de vecinos de Tempranales interpuso un contencioso-administrativo contra la desestimación de las 853 alegaciones presentadas por los vecinos del barrio contra la aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad de Conservación. En las notificaciones que los vecinos recibieron se podía leer que “contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”. La asociación presentó recurso contencioso-administrativo ante el citado Tribunal que, con fecha 6 de febrero de 2014, dictó un auto en el que se declaraba no competente en dicho recurso, emplazando a interponer la acción judicial en los Juzgados de los Contencioso-Administrativo, decisión que fue recurrida por el Ayuntamiento.
La asociación emitió entonces un comunicado criticando al Ayuntamiento por cursar unas notificaciones en las que se remitía a un órgano judicial que no es competente para resolver la cuestión planteada. Ésta ha sido ahora resuelta por el TSJM, quien ha desestimando el incidente de nulidad planteado por el Ayuntamiento, condenado también a pagar las costas a éste.
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