Mohamed Aziz firmó en julio de 2007 una hipoteca que no pudo pagar. Su banco le dejó en la calle y le exigió el pago de la deuda con unos intereses de demora del 18 por ciento. Su caso llevó a José María Fernández Seijo a preguntar al Tribunal de Luxemburgo por dicha cuestión sobre la prevalencia del derecho del afectado. Ahora, Europa ha concluido que la normativa española vulnera la directiva del año 93. Luxemburgo alega que la norma no permite al juez paralizar los desalojos como medida cautelar, que el sistema de desahucios es ilegal, que contiene numerosos puntos abusivos, y que no protege al consumidor porque permite la pérdida de la propiedad y el desalojo antes de que éste pueda ejercitar una acción por daños y perjuicios contra la entidad financiera. El fallo será directamente aplicable, a partir de ahora, a los procesos de desahucio y obligará al Gobierno a cambiar la ley. La noticia ha sido muy bien valorada por los afectados, que lamentan la actitud de los políticos españoles todos estos años.
Sin duda, las reacciones a una de las noticias más importantes de los últimos años en España no se están haciendo esperar.
Comentarios
Cambien la ley dice:
No se entiende cómo el gobierno ha esperado a que el tribunal de justicia europeo dictara sentencia sobre un asunto tan claro, del que ya se había pronunciado la comisionada europea.
Es de cajón que se deben parar los desahucios si ha habido una claúsula abusiva en la hipoteca que implique recalcular la deuda, como por ejemplo unos intereses de demora muy por encima de los que marca la ley de defensa del consumidor para otros productos. Hoy en día es más fácil financiar una lavadora que renegociar una vivienda. La ley debe cambiar.
Y la ILP de la PAH debe aprobarse con sus puntos y comas si queremos tener alguna opción frente al abuso bancario.
viernes, 15 de marzo de 2013 a las 09:18