En 1999 se determinó el justiprecio del suelo, es decir la compensación por la pérdida patrimonial que el expropiado experimentó. Y fue entonces cuando comenzaron los litigios entre los dueños y la Comunidad. En 2002, la sociedad propietaria de la finca, Euroforum Torrealta, interpuso un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la evaluación efectuada. Tras años de litigios y recursos, ahora la sentencia del Supremo rechaza la valoración.
En su día. Torrealta mostró su desacuerdo con la valoración y la situó en 30,6 millones. En abril de 2002 el Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de la Comunidad de Madrid fijó el justiprecio en 2 millones de euros, ante lo que Euroforum Torrealta interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Sección 4ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En este recurso, la empresa demandante solicitaba un justiprecio de 30,6 millones de euros más intereses. Mediante sentencia del 24 de enero de 2008, este Tribunal estimó parcialmente dicho recurso, anulando la resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa y declarando el derecho de la recurrente a percibir un importe de 30,4 millones más intereses. La Comunidad de Madrid interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que desestimó mediante sentencia de 14 de octubre de 2011, deviniendo firme por tanto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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