En esta ocasión, la OMIC de Sanse insiste en las pautas a seguir en materia de contratación de vacaciones. Recomendaciones que son válidas tanto en caso de contrataciones efectuadas de manera directa y con presencia real en las oficinas de las agencias de viajes como en las que se realicen de forma virtual mediante operaciones de comercio electrónico.
En función del tipo de vacaciones, la OMIC recomienda tener en cuenta cuando el viaje se contrata a través de una agencia de viajes, porque ella es la responsable de que se cumplan todas las obligaciones que figuren en el contrato. Por ello se deben conservar todos los documentos, folletos, información, facturas, ticket o contrato que entrega la agencia, porque es fundamental para poder justificar cualquier reclamación.
Si se utiliza el transporte aéreo, las compañías tienen la obligación de mostrar el precio total del billete en sus ofertas, incluidas las tasas y recargos. La cancelación y el “overbooking” están penalizados, igual que los retrasos que superen las cinco horas. Además de las indemnizaciones, el consumidor tiene derecho a realizar dos llamadas gratuitas y comida, refrescos, alojamiento en hotel y desplazamiento.
Por otra parte, los alojamientos deben ofrecer una información clara sobre los precios y las características del lugar. Asimismo, deben disponer de hojas de reclamaciones en las que el consumido puede reflejar cualquier incidencia ocurrida.
La OMIC recuerda que los turistas tienen derechos que deben defender. De todo informan en su sede, ubicada en la Plaza de la Constitución, 1. Tel. 91 653 74 29
Comentarios
nene dice:
Contraté un trabajador para forrar de madera , colocar unas puertas y pintar una buhardilla. Hizo la mitad del trabajo, se fué a comprar las puertas, anticipé el dinero y desapareció. No contestó en dos meses ni al móvil ni al teléfono de su casa, dejó herramientas en la mía. He contrratado otra persona que empezará el 03/05/2010. Gracias por su ayuda
sábado, 01 de mayo de 2010 a las 19:46