Madrid ha acordado desestimar un recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado, que había solicitado la revocación de la personación de 19 residentes adicionales de la urbanización. La decisión se basa en que "el proceso de ejecución sigue adelante" y que el Supremo debe aún pronunciarse sobre una serie de recursos pendientes. Asimismo, el TSJM reconoce que quienes se personan como afectados en la ejecución del Supremo no necesitan acreditar individualmente que padecen el mismo nivel de ruido que los recurrentes originarios, ya que la sentencia parte de la consideración de que se trata de una "urbanización homogénea, donde el nivel de ruido por sobrevuelos es sustancialmente el mismo".
La sentencia aprecia, además, que su auto anterior, que tiene por ejecutada la sentencia por considerar que el nivel de ruido ha disminuido, no es obstáculo para la personación, ya que los recurrentes han interpuesto al respecto recurso de casación al Supremo.
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